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Existen leyes que protegen los derechos laborales de las mujeres que deciden ser madres, en todas las situaciones laborales.
Es cada vez más común que las mujeres sean independientes y se sustenten por sí solas. Algunas eligen el camino de, en algún momento de su vida, formar una familia, pero, ¿qué pasa con el trabajo, es una traba a la hora de decidir? Para muchas puede resultar que sí, ya que suelen pensar que las empresas de quienes dependen laboralmente las pueden dejar sin trabajo o les vulneran derechos esenciales.
Trabajar “en blanco” sigue siendo un privilegio y por mucho tiempo solamente ellas gozaban de derechos, pero la buena noticia es que para todas las mujeres existen leyes que las protegen, añadiendo actualmente a aquellas que sean monotributistas o estén trabajando de manera informal. La abogada Patricia Caramello explica cuáles son los derechos laborales que corresponden al período de maternidad.
En relación de dependencia
“Lo primero que debe hacer una mujer embarazada es comunicar su estado, lo más pronto posible, a su empleador, con un certificado médico que lo respalde. Además se necesita informar de manera fehaciente el embarazo con un telegrama laboral. Este paso es muy importante porque puede suceder que la mujer pierda el embarazo, o sea de riesgo o no posea complicaciones pero aun así hay intenciones de despido, quede resguardado su derecho laboral, lo cual implicaría una multa al empleador”, destacó la letrada. Lo dicho anteriormente está avalado por la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, base de la protección legal de la maternidad, donde además se pueden incluir los convenios de la Organización Internacional de Trabajo.
Lo que le corresponde a la trabajadora, además de las obligaciones propias del trabajo como el salario, la aseguradora de riesgo de trabajo (ART), aportes de seguridad social y las mejoras que pueda dar cada sindicato de trabajo, bajo términos generales Anses otorga licencia por maternidad de 90 días, prohibiendole a la mujer trabajadora que lleve adelante su labor 45 días antes del parto y los restantes 45 postparto. Durante todo ese período se goza la asignación por hijo, que tiene que ser igual al salario bruto y la asignación por embarazo, que se cobra por única vez.
“Un gran avance sobre el cuidado del trabajo se concretó en el año 2015, cuando se dictó un decreto en donde las asignaciones otorgadas por Anses no solo son de alcance para aquellas mujeres en relación de dependencia, sino que también se incluyen a las monotributistas y a las trabajadoras de manera informal, por ejemplo, las que brindan servicio doméstico, su trabajo está resguardado por ley”.
Nota completa en la edición N° 740 de Ecodías, producto de la Cooperativa de Trabajo Ecomedios. Todos los derechos compartidos
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