Se pronuncian por la accesibilidad a servicios comunicacionales
Niñez con derechos de conexión

Las asociaciones de Carreras de Comunicación de nuestro país avalaron la reglamentación de la Prestación Básica Universal de Servicios Comunicacionales. 

El confinamiento producto de la pandemia puso de relieve los derechos a contemplar reflejados en el acceso a la educación virtual, la implementación de teletrabajo, el vínculo remoto con otras personas, la resolución de trámites exigidos por las administraciones gubernamentales o el ejercicio de la libertad de expresión requirieron de una conexión tecnológica, entre otros. 

La Red de Carreras de Comunicación Social y Periodismo (Redcom) y la Federación Argentina de Carreras de Comunicación Social (Fadeccos) emitieron comunicado público al respecto y sostuvieron la necesidad de una política integral de comunicaciones convergentes definida a partir una participación social plural y diversa. “Trabajar en la ampliación de derechos a la comunicación es garantía para el pleno desarrollo de un sistema democrático”, indicaron.

Además, reiteraron: “Corresponde al Estado la tarea de convocar con ese fin no sólo a las empresas, sino también a los sindicatos, expertos y asociaciones de usuarios a un diálogo participativo con información consolidada que procure resguardar el equilibrio económico que brinde la necesaria sustentabilidad de la política y que respete, asimismo, el carácter asimétrico de las regulaciones, toda vez que entre operadores conglomerales y pymes / cooperativos hay enormes diferencias de recursos y capacidades”.

En el mes de agosto de 2020 el gobierno argentino firmó el DNU 690 que definió a la telefonía móvil, la TV por suscripción y la conectividad a Internet como servicios públicos esenciales en competencia. Tal como se expresa en el decreto, el derecho humano al acceso a las TIC y a la comunicación por cualquiera de sus plataformas requiere de la fijación de reglas para garantizar el acceso equitativo, justo y a precios razonables a la totalidad de los y las habitantes del país.

Dicha definición, vino acompañada por la reciente reglamentación y el establecimiento obligatorio de una prestación básica universal (PBU) a través de la cual las prestadoras del servicio deben ofrecer tarifas asequibles para amplios sectores de la población en situación de vulnerabilidad, que ven restringidos sus derechos de conexión producto de barreras económicas.

 “En un contexto de alta concentración, donde en cada uno de los tres sectores (telefonía móvil, TV por cable y conectividad) los primeros dos operadores detentan más de 60% del mercado, la decisión fue silenciada o duramente criticada por las empresas. Algo previsible cuando una decisión estatal no sólo no se dirige a incrementar sus ganancias, sino que las puede afectar en función de brindar un servicio para la mayor parte de la ciudadanía”, sostuvieron. 

Se trata, en definitiva, de la intervención del Estado en la fijación de reglas según tipo de prestación, aportando transparencia, previsibilidad y factibilidad y cuidando los equilibrios necesarios para el desarrollo del sector TIC y la garantía del derecho humano a la comunicación

2021-01-11 15:46:44
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