Autorizan asambleas presenciales de cooperativas y mutuales
portal 162

La Resolución 1015 del INAES refleja las condiciones en aquellos distritos que se encuentran bajo los regímenes de D.I.S.P.O. y A.S.P.O.

El Directorio del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) suscribió una reglamentación, publicada en el Boletín Oficial, que da respuesta a “consultas referidas a la aplicación de las resoluciones N° 358/2020 y N° 583/2020” que regulaban la realización de las asambleas de cooperativas y mutuales en esta época de pandemia.

Así, el organismo se expide aclarando que “se encuentra permitido a las entidades la celebración de Asambleas presenciales en las localidades y zonas donde rija el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (D.I.S.P.O.), cumpliendo con los protocolos y exigencias referidas a bioseguridad vigentes que dispongan las autoridades nacionales, provinciales y municipales”.

Asimismo, en aquellas zonas alcanzadas por el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (A.S.P.O.) se podrán realizar las asambleas “en la medida que sus asociados desarrollen actividades o servicios esenciales exceptuados de cumplir con ese aislamiento y la prohibición de circular”.

Reseña la Resolución 1015 que se celebraron ya “más de ciento treinta y ocho (138) Asambleas a distancia, mediante la utilización de plataformas virtuales, permitiendo considerar que esta opción es válida y brinda una salida institucional eficaz para las entidades del sector cooperativo y mutual” (Leer más en Aumentan las solicitudes de asambleas a distancia).

En todos los casos, las entidades deberán “acreditar ante la Dirección Nacional de Supervisión de Cooperativas y Mutuales que, a nivel local, han sido debidamente autorizados los protocolos y mecanismos en vigencia”.

Fuente: El Portal de las Cooperativas.

Categoría: Economía Social
2020-12-05 03:26:22
Relacionados
Estemos conectados
COOPERATIVA ECOMEDIOS