Anulan seis artículos del DNU
DNU

Así lo declaró la jueza del fuero laboral, Liliana Rodríguez Fernández, quien consideró darle lugar a la acción de amparo solicitada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra el Estado Nacional.

En ese sentido, la magistrada resolvió declarar la invalidez de los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, aunque aclaró: “Gozará de validez formal en el caso de ratificación por ambas Cámaras dentro del período de las sesiones extraordinarias en curso, o su vigencia cesará de pleno derecho en caso contrario”.

Respecto a su decisión, consideró que repercuten de modo directo en los intereses de la CGT, por afectar derechos colectivos de los trabajadores. “El artículo 73, que modifica las condiciones de retención de la cuota sindical; el artículo 79, que establece reglas para la negociación colectiva; el artículo 86, que modifica la vigencia de las cláusulas obligacionales; los artículos 87 y 88, que incorporan a su vez al artículo 20 bis y 20 ter. a la ley 23551; y el artículo 97, que regula los servicios esenciales en el marco de conflictos colectivos”.

DNU y el derecho al trabajo

En esa línea de análisis, continuó: “Normas vinculadas al concepto de ‘situación legal de desempleo’, al modo en que se confeccionan los recibos de sueldo, o a las modificaciones sobre presunciones o carga de la prueba no parecen a simple vista tener impacto alguno en los problemas macroeconómicos que el propio decreto invoca. No abro juicio de valor sobre la eventual necesidad de alguna de las reformas propuestas, pero claramente no se configura la urgencia invocada en el caso de todas ellas”.

Para finalizar, se refirió a los fundamentos de su dictamen: “No analizo la conveniencia o la inconveniencia económica o social de la reforma, las ventajas o las desventajas en el nivel de empleo o en el impulso de la economía que podrían derivar de su sanción y, menos todavía, mis propias preferencias, juicios de valor o criterios individuales en relación con todas las normas involucradas. Con independencia de cualquier análisis sobre el contenido normativo del DNU 70/2023 no se han cumplido aquí los recaudos constitucionales para que tal instrumento pueda ser considerado válido”.

Categoría: Nacionales
2024-01-29 11:27:52
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